SIN: La “bancarización” de operaciones está vigente desde el 2004
La bancarización de operaciones de compra y venta de bienes y servicios por un valor igual o superior a Bs 50.000 no es un impuesto, sino una obligación para los contribuyentes del Servicio de Impuestos Nacionales (SIN) que está vigente desde el año 2004; y que a partir del 1 de enero de 2025 se podrá hacer por un nuevo sistema mediante Internet, a través del “Registro Auxiliar de Bancarización SIAT”, subrayó el presidente de la Administración Tributaria, Mario Cazón.
La autoridad lamentó la tergiversación de la información sobre este nuevo servicio digital gratuito, con nuevos beneficios tecnológicos diseñado por la Administración Tributaria para facilitar a los contribuyentes el envío en línea de dicha información, que con anterioridad se realizaba por un aplicativo de escritorio, según una nota de prensa.
Recordó que la obligación del envío de esa información fue establecido inicialmente el 9 de enero de 2004, mediante el Decreto Supremo N 27310, que reglamenta el numeral 11 del artículo 66 de la Ley 2492, que disponía que las compras por importes mayores a cincuenta mil Unidades de Fomento de la Vivienda (50.000 UFV), debían ser acreditadas, por el sujeto pasivo o tercero responsable, a través de medios fehacientes de pago para que la Administración Tributaria reconozca el crédito correspondiente.
Posteriormente, mediante el Decreto Supremo 772, de 19 de enero de 2011, se cambió ese monto mínimo a Bs 50.000, a partir del cual todo pago por operaciones de compra y venta de bienes y servicios, debe estar respaldado con documento emitido por una entidad de intermediación financiera regulada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero (ASFI).
Por lo tanto, “no es un impuesto nuevo ni nada parecido, sino simplemente el acto de respa
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